¿Tienes derecho a aguinaldo si te despidieron o renunciaste por voluntad?


Si por desgracia perdiste tu empleo este año, ya sea por despido o porque renunciaste por tu propia voluntad, como parte de tu finiquito debe incluirse la parte proporcional de algunas prestaciones, entre ellas, la del aguinaldo.












Establecido por ley, el aguinaldo es una remuneración de dinero que hace la empresa a sus colaboradores al final de cada año, o en su caso, al momento de ser finiquitado.










El monto del aguinaldo dependerá de las ganancias de cada compañía y del sueldo del colaborador durante el año en curso. Este bono debe ser estudiado y analizado por cada negocio antes de asignarlo al empleado.










Trabajadores que renunciaron voluntariamente








De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, los trabajadores que renuncien a su trabajo voluntariamente antes del 20 de diciembre, tienen derecho a que se les cubra la parte proporcional de aguinaldo por el tiempo que laboraron.








La cantidad de aguinaldo proporcional al periodo que trabajaste debe ser pagada al momento de la terminación de la relación laboral, como parte de la liquidación o finiquito.







Trabajadores que fueron despedidos






Por el contrario, si fuiste despedido y trabajaste más de un año para tu patrón, en tu liquidación debe ir incluido el equivalente a 15 días de trabajo.


En caso de que hayas trabajado menos de un año, para calcular cuánto te corresponde deberás dividir tu sueldo neto (sin prestaciones) entre 30, multiplicar el resultado por 15 (días de aguinaldo por ley) y dividir la cifra resultante entre 365 (los días del año).
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